Procedimiento de Evaluación de la conformidad para la Certificación del Tequila, conforme a la NORMA Oficial Mexicana NOM-006-SCFI-2012, BEBIDAS ALCOHOLICAS-TEQUILA-ESPECIFICACIONES.
La evaluación de la conformidad a solicitud de parte de esta Norma, se llevará a cabo por las Dependencias competentes o por las personas acreditadas y, en su caso, aprobadas por la SE: (Organismos de Certificación (OC), Unidades de Inspección (UI) y Laboratorios de Prueba o de Calibración), en términos de la LIC y su Reglamento.
El productor requiere el Dictamen técnico de cumplimiento y para obtenerlo, el usuario lo solicita a través del OC a la UI acreditada y aprobada deberá llevar a cabo la constatación ocular y comprobación para evaluar la conformidad correspondiente en las instalaciones del productor, esta verificación comprende desde la elaboración del lote, la entrada de la materia prima, hasta el producto terminado.
Una vez que cuente el productor con este Dictamen técnico inicial, deberá solicitar autorización a la DGN para producir Tequila, contar con el número de Registro del Productor que acompañara la Contraseña Oficial NOM emitido por el Organismo de Certificación contratado y contar con la autorización para el uso de la Denominación de Origen emitido por IMPI. Una vez que el productor cumpla con estos requerimientos, se certifica el lote, para dar inicio a la producción de Tequila y Tequila 100%.